¿Qué condiciones se debe cumplir para obtener la autorización de tres armas de fuego para la modalidad de defensa personal?
- Escrito por Super User
- Published in Artículos e Información
- Hits: 1631
- Imprimir Correo electrónico
a) Sustentar con documentos la necesidad de contar con una tercera arma de fuego.
b) Ser titular de una licencia de uso y propietario de arma de fuego por un tiempo no menor de seis años y se verifique que ha cumplido con renovar su licencia como mínimo en dos ocasiones consecutivas e ininterrumpidas, a partir de la vigencia de la Ley y conforme al plazo establecido en su Reglamento (dentro de los 30 días antes de su vencimiento).
c) No registrar sanciones vigentes.
Las personas naturales o los representantes legales de las personas jurídicas deben cumplir con las siguientes condiciones:
SI
• Ser mayor de edad (salvo excepción para la Licencia solidaria).
• Cumplir con los requisitos de acuerdo al tipo de licencias o autorización.
• Estar capacitado y entrenado en el uso de armas de fuego.
• Expresar los motivos para el uso del arma de fuego para el caso de defensa personal.
• Adjuntar la constancia de acreditación emitida por una organización deportiva reconocida por la Federación Nacional de Tiro del Perú, a excepción del personal de las FFAA y la PNP, para la modalidad de deporte o tiro recreativo.
• Adjuntar copia de la licencia de caza deportiva expedida por la autoridad competente (para la modalidad de caza) y contar con el registro previo en el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-Serfor (para los operadores cinegéticos).
NO
• Registrar antecedentes:
- JUDICIALES (no tener registro vigente en el Sistema Nacional Penitenciario, por incumplimiento de pena privativa de libertad, penas limitativas de derechos o estar sujeto a régimen de beneficio penitenciario por delitos dolosos).
- PENALES (no figurar en el Registro Nacional Histórico de Condenas del Poder Judicial por delitos dolosos).
- POLICIALES (por delitos dolosos).
• Haber sido condenado vía sentencia judicial firme por cualquier delito doloso aun en los casos en que el solicitante cuente con la respectiva resolución de
rehabilitación por cumplimiento de condena
• Haber sido sentenciado como responsable de violencia familiar.
• Registrar antecedentes por violencia contra las mujeres o los integrantes del grupo familiar, vinculados a delitos o faltas. Si el registro es sobreviniente a la obtención de la licencia, la SUCAMEC procede a su cancelación e ingreso al registro de inhabilitados.
• Contar con medidas de suspensión del uso de armas dictadas por la autoridad judicial o la autoridad fiscal cuando corresponda.
• Haber sido internado en un centro de rehabilitación juvenil (por decisión firme de la autoridad judicial) por conductas que involucren delitos contra el patrimonio, la vida, el cuerpo y la salud.
• Estar cumpliendo o haber cumplido condena por faltas
(lesión dolosa o contra el patrimonio en la modalidad de hurto simple).
• Haber sido dado de baja de las FFAA o la PNP por medida disciplinaria (conductas tipificadas como delito doloso o faltas contra la persona o el patrimonio en las modalidades de lesión dolosa o hurto simple, respectivamente).
• Tener incapacidad psicosomática.
• Tener sanción vigente por infracciones cometidas contra la Ley y su Reglamento.